Transcripción:Cuaderno 9, foja 13
Señor Juez de Distrito.
Sara Perez [Pérez] de Madero, casada, con domicilio en esta población en la Calle del Apartado No. [Número] 7, en el incidente de libertad caucional que tengo solicitada a favor de mi esposo y defenso don Francisco I. Madero, ante Ud. con las protestas legales y las de mi respeto, comparezco á [a] decir:
Otorgada por el Juzgado de su digno cargo la libertad provisional bajo fianza a favor de mi defenso y fijada dicha garantía por la cantidad de $8,000.00, ocho mil pesos, aún no se ha resuelto la aceptación del fiador que he propuesto, y teniendo conocimiento de que él no reune [reúne] los requisitos que la ley civil substantiva exije [exige], vengo á [a] proponer la garantía del Sr. Dn. [Don] Pedro Barrenechea, persona de probidad y arraigo notorios.
Protesto lo necesario.
San Luis Potosí, Julio 20 de 1910.
Sara Perez [Pérez] de Madero [Firma]
Presentado en veinte de Julio se da cuenta en seguida al Señor Juez. Conste.
San Luis Potosí, veinte de Julio de mil novecientos diez.
Agréguese á [a] sus antecedentes para los efectos que procedan. Así lo decretó y firmó el C. Juez de Dis [Distrito]